JxC pide aclaraciones al Banco Central por la norma que beneficia a víctimas del Estado

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Diputados opositores exigen una mayor explicación de la medida que permite a los hijos y familiares de desaparecidos, comprar dólares sin el recargo del 30% y girar fondos a otro país.


Diputados de Juntos por el Cambio solicitaron este miércoles al Banco Central de la República Argentina que brinde mayores aclaraciones acerca de la polémica norma que plantea una flexibilización al acceso al mercado cambiario .

El párrafo que generó una gran controversia señala que beneficiarios de indemnizaciones emanadas de las leyes de reparación a víctimas de la dictadura militar 1976-1983 podrán acceder al mercado cambiario al tipo de cambio oficial, sin pagar el impuesto del 30% y podrán girar divisas al exterior.

A través de un proyecto de resolución, los legisladores pidieron que se dicte una norma aclaratoria de la comunicación “A” 7052, debido a “sus confusos términos en los que se encuentra redactada, precisando los conceptos y/o rubros alcanzados por el beneficio otorgado en la misma”. Y agregan que “en caso que las transferencias no estén asociadas a los montos de los beneficios, solicitan la derogación de la comunicación”.

La norma también contemplan subsidios para las víctimas de los delitos que se cometieron durante la dictadura militar, ya sea quienes fueron detenidas ilegalmente o los hijos y nietos de los desaparecidos.

“Incorporar como punto 3.12.6. del Texto Ordenado sobre las normas de “Exterior y cambios” (regulaciones cambiarias) el siguiente: “3.12.6. Transferencias a cuentas bancarias en el exterior de personas humanas que percibieron fondos en el país asociados a los beneficios otorgados por el Estado Nacional en el marco de las Leyes 24.043, 24.411 y 25.914 y concordantes”, dice la textualmente el fallo.

En el Banco Central afirmaron que no se trata de una apertura del mercado cambiario generalizada para estas personas. “Son unos casos puntuales, uno o dos, que habían quedado pendientes”. Y explicaron que “Los argentinos que viven en el exterior y perciban una indemnización, la podrán cobrar en su lugar de residencia. Es el mismo caso de los argentinos jubilados que viven en el exterior y que cobran dicho beneficio en el exterior”.