El Senado le dará tratamiento a la “Ley de góndolas”

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La iniciativa fue aprobada por la Cámara de Diputados en 2019 y beneficia a las pymes. Establece límites para las marcas e impide que los productos de menor valor estén ocultos.

El oficialismo incorporó a la agenda del Senado el proyecto de ley de góndolas, que será debatido hoy en la Comisión de Legislación General y quedará a un paso de tener sanción definitiva.

La Comisión de Legislación General se reunirá a las 15:00 en el salón Arturo Illia de la Cámara alta para designar a sus nuevas autoridades y analizar la iniciativa, que fue aprobada el año pasado por la Cámara de Diputados.

En caso de conseguir dictamen de esa comisión, el proyecto que dispone que en góndolas y locaciones virtuales haya un 30 por ciento de tope de espacio disponible por cada marca quedará en condiciones de ser votado en el recinto para convertirse en ley.

Por el momento este proyecto no se incorporó al temario de la sesión prevista para el jueves a las 11:00, en la que los senadores aprobarán los pliegos de los nuevos embajadores, pero no se descarta que finalmente se incluya.

El presidente Alberto Fernández había anunciado en enero que impulsaría la sanción de la Ley de Góndolas para que los empresarios dejen de “jugar con los precios de productos de la canasta básica”.

Para el jefe de Estado, esa ley representa una “política activa de control” y tendrá como fin evitar que algunos empresarios actúen con “irresponsabilidad”.

Además de fijar el límite de 30 por ciento del espacio por marca en las góndolas, el proyecto establece que los supermercados deben ofrecer un mínimo de cinco proveedores de un mismo producto por góndola.

También dispone que en góndolas y locaciones virtuales deberá reservarse un 25% del espacio disponible para productos elaborados por micros y pequeñas empresas nacionales.

A su vez, en las islas de exhibición y exhibidores contiguos a las cajas se deben presentar en un 50% del espacio para los productos elaborados por Pymes.

Por otra parte, se establece la prohibición del alquiler de espacios preferenciales en góndolas o locaciones virtuales, al considerarse ésta una “exclusión anticompetitiva”.

También indica que los productos de menor valor no pueden ser ubicados en sectores de escasa visibilidad sino colocados a “una altura equidistante entre el primer y último estante” de la góndola.