Emanuel Ocaña Francia, de 34 años, recibió dos dosis de AstraZeneca en 2021 y sostiene que posteriormente sufrió convulsiones, lesiones cerebrales, problemas renales y otras patologías. La causa incorpora un certificado médico y un registro ESAVI, aunque el vínculo causal deberá ser determinado por la Justicia.
Un hombre de 34 años, oriundo de Salta, demandó a AstraZeneca y al Estado nacional por más de $191 millones al atribuir una serie de graves problemas de salud a las dos dosis de la vacuna contra el Covid-19 que recibió en 2021. La presentación judicial incluye historias clínicas, estudios médicos, un certificado que establece un supuesto nexo causal y el registro de su caso como Evento Supuestamente Atribuible a la Vacunación o Inmunización (ESAVI).
Se trata de Emanuel Alejandro Ocaña Francia, quien recibió la primera dosis de AstraZeneca el 17 de junio de 2021 y la segunda el 29 de agosto de ese año, ambas en establecimientos sanitarios de Salta. Según consta en la demanda, después de las aplicaciones comenzó a presentar distintos síntomas y, con el paso del tiempo, atravesó episodios convulsivos, alteraciones cardiovasculares, problemas renales y neurológicos que derivaron en internaciones y tratamientos.

Entre los diagnósticos que aparecen en la documentación presentada ante la Justicia figuran síndrome antifosfolipídico, plaquetopenia severa, alteraciones de la función renal, lesiones cerebrales y crisis epilépticas. La demanda sostiene que esas patologías y sus secuelas tienen relación con la vacunación, aunque la existencia de ese vínculo causal todavía deberá ser determinada mediante las pruebas correspondientes durante el proceso judicial.
Uno de los elementos que la defensa de Ocaña considera relevantes es un certificado médico emitido el 20 de agosto de 2024 por Agustín Muñoz, del Sanatorio San Roque de Salta. El documento fue presentado como un certificado médico con “nexo causal” y hace referencia a un cuadro de trombocitopenia-trombosis posterior a la vacunación con AstraZeneca. Además, el caso fue registrado como un ESAVI, una categoría utilizada para reportar eventos de salud que ocurren después de una vacunación y que requieren evaluación.
La documentación también menciona múltiples accidentes cerebrovasculares, lesiones cerebrales con alteraciones cognitivas, convulsiones que requieren tratamiento antiepiléptico y compromiso renal con un período prolongado de proteinuria. A partir de esos antecedentes, el paciente continuó bajo tratamiento y seguimiento médico, con controles en distintas especialidades. Sin embargo, el certificado y el registro ESAVI constituyen elementos de prueba aportados por la parte demandante y no reemplazan la pericia médica que deberá determinar judicialmente la causalidad.
El síndrome antifosfolipídico ocupa un lugar central en el expediente. Se trata de un trastorno autoinmune asociado a la presencia de determinados anticuerpos y que puede aumentar el riesgo de formación de coágulos sanguíneos, tanto en arterias como en venas. Como consecuencia, puede provocar complicaciones en diferentes órganos, dependiendo de los vasos afectados. En el caso de Ocaña, el diagnóstico fue documentado durante una internación en el Hospital Italiano de Buenos Aires en noviembre de 2023.

Los antecedentes médicos incorporados a la causa permiten reconstruir parte del deterioro de su estado de salud. En octubre de 2022, el hombre fue internado en el Hospital San Bernardo de Salta luego de sufrir crisis convulsivas. La historia clínica registró múltiples episodios convulsivos tonicoclónicos generalizados y un cuadro de hipertensión arterial severa. Los estudios realizados durante esa internación también detectaron plaquetopenia, un deterioro leve de la función renal y lesiones cerebrales interpretadas como isquémicas subagudas.
Al año siguiente, en noviembre de 2023, Ocaña ingresó al Hospital Italiano de Buenos Aires para continuar con los estudios y evaluar alternativas terapéuticas. La documentación médica consignó el diagnóstico de síndrome antifosfolipídico, plaquetopenia severa, alteraciones de la función renal y crisis epilépticas asociadas a lesiones isquémicas. También se registraron lesiones cerebrales de aspecto vascular, microhemorragias secuelares y signos de atrofia parietal y frontal bilateral.
El expediente incorpora además un Certificado Único de Discapacidad emitido en enero de 2024, en el que se consignan secuelas de enfermedad cerebrovascular, alteraciones de la marcha y la movilidad y hemiplejía. La demanda sostiene que Ocaña también presenta dificultades cognitivas, problemas de memoria y concentración, alteraciones de los movimientos finos y dificultades de movilidad que le impidieron retomar su actividad laboral como gasista matriculado.
En cuanto al reclamo económico, la demanda calcula un total de $191.066.282,99. El pedido contempla distintos rubros, entre ellos una indemnización por incapacidad sobreviniente, $28 millones por daño moral, $700.000 por daño emergente y algo más de $50 millones en concepto de daño punitivo contra AstraZeneca. De manera subsidiaria, el demandante también solicitó acceder al Fondo de Reparación Covid-19 previsto por la Ley 27.573, que fue calculado en $63.817.680 al momento de presentar la acción.
La demanda también incorporó un análisis médico-legal particular realizado en noviembre de 2024, que estimó una incapacidad del 70%. Ese porcentaje, al igual que el resto de las conclusiones médicas presentadas por la parte actora, deberá ser contrastado durante el proceso judicial mediante la prueba correspondiente.
Uno de los puntos centrales que deberá resolver la Justicia será, precisamente, si existe una relación causal entre las vacunas recibidas en 2021 y las enfermedades y secuelas que presenta Ocaña. Para ello, la defensa solicitó una pericia médica oficial que determine cuáles son las patologías, cuál es el grado de incapacidad y si existe una relación científicamente sustentable entre esos diagnósticos y la vacunación.
Los peritos también deberán establecer si las patologías denunciadas resultan compatibles con efectos adversos conocidos de la vacuna, además de determinar el carácter reversible o irreversible de las secuelas. Por ese motivo, aunque la documentación médica y el certificado con supuesto nexo causal forman parte de la estrategia probatoria del demandante, la relación definitiva entre la vacunación y el cuadro de salud denunciado todavía no está establecida y será uno de los aspectos centrales que deberá definir el proceso judicial.



















