El máximo tribunal dejó sin efecto la absolución del exjefe del Ejército por el presunto encubrimiento de la privación ilegal de la libertad de Alberto Ledo. El expediente deberá volver a la Cámara de Casación Penal para revisar la decisión.
La Corte Suprema dejó sin efecto la absolución de César Milani por el presunto encubrimiento de la privación ilegal de la libertad de Alberto Agapito Ledo, quien desapareció en junio de 1976 y posteriormente fue asesinado. El expediente deberá volver a la Cámara de Casación Penal para revisar la decisión.
El fallo fue firmado por los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y el conjuez Juan Ignacio Pérez Curci. El conjuez Luis Rabbi Baldi Cabanillas acompañó la decisión con un voto concurrente, mientras que el juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
La causa investiga a Milani por su actuación cuando era subteniente del Ejército. Según el expediente, Ledo fue privado ilegalmente de su libertad en junio de 1976, cuando se encontraba desplegado en Monteros, Tucumán, junto a integrantes del Batallón de Ingenieros de Construcciones de La Rioja.
La acusación contra Milani sostiene que encubrió la detención ilegal mediante la firma de un sumario militar que atribuía a Ledo una supuesta deserción. El documento fue confeccionado cinco días después de su desaparición y, según la investigación, esa versión no se correspondía con lo ocurrido.
La absolución de Milani había sido confirmada tanto por la Cámara Federal como por la Cámara de Casación Penal. Sin embargo, el Fiscal General ante Casación cuestionó esa decisión y el caso llegó a la Corte Suprema.
En su fallo, el máximo tribunal se remitió al dictamen de la Procuración General de la Nación, que consideró que Casación había confirmado erróneamente la absolución. Entre otros argumentos, señaló que no se había considerado probado que la firma del documento correspondiera a Milani, pese a que el propio exjefe del Ejército había reconocido públicamente que era suya.
La defensa de Milani, en tanto, sostuvo durante el juicio que nunca tuvo contacto con Ledo y negó haber participado de un encubrimiento. Con la decisión de la Corte, la absolución queda sin efecto y el expediente deberá ser nuevamente analizado por la Cámara de Casación Penal.



















