Por qué podrían revocarle la prisión domiciliaria a Cristina: los reclamos de la Justicia

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Qué dijo el Tribunal Oral Federal número 2 luego del banderazo del pasado 14 de junio


El Tribunal Oral Federal número 2 intimó a la expresidenta, Cristina Kirchner, quien cumple prisión domiciliaria en su inmueble de la calle San José 1.111, en el barrio porteño de Constitución. ¿Cuál fue el motivo?

El pasado 14 de junio se llevó a cabo un banderazo, lo que generó corte de calles y un importante aglomeramiento de personas en la zona. En consecuencia, la Justicia llamó a la exmandataria a cumplir con las restricciones establecidas para su situación actual y le advirtió que de lo contrario podrían revocarle el arresto domiciliario.

“Intímase a Cristina Kirchner para que, en lo sucesivo, se abstenga de desplegar conductas o asumir comportamientos que puedan implicar el incumplimiento de las pautas y condiciones bajo las cuales fue concedida y se ejecuta la modalidad domiciliaria de cumplimiento de la pena de prisión que le ha sido impuesta”, precisó el magistrado.

E hizo hincapié en que la iniciativa del pasado 14 de junio presentó características muy diferentes a los accionares anteriores. Se trató de un banderazo organizado por la intendenta de Quilmes, Mayra Mendoza, en el que se desplegó una bandera con la frase: “De San José 1111 a la Rosada”, la cual atravesaba toda la calzada y el espacio aéreo público, sujeta por cables tensores.

En esa línea, subrayó que la exjefa de Estado “participó activamente en el despliegue de la referida bandera, utilizando el balcón de su propio domicilio de arresto como punto de anclaje y sujeción, y hasta colaborando de propia mano con dicha acción”. Además, saludó a los militantes desde el balcón de su departamento.

El kirchnerismo ya anunció que planea realizar un nuevo banderazo el próximo 20 de junio.

CUÁLES SON LOS TRES ASPECTOS QUE CUESTIONÓ LA JUSTICIA

El juez cuestionó tres aspectos: el riesgo visible para la integridad física de Cristina y también de los transeúntes, conductores y peatones por la instalación de la estructura; la posible comisión de una contravención municipal por la falta de un permiso para ocupar el espacio público; y “la perturbación objetiva de la tranquilidad del vecindario y la alteración de la convivencia pacífica”.

Añadió que “la suma de los extremos señalados revela que la conducta verificada el 14 de junio pasado no es compatible con las obligaciones asumidas en el marco de la prisión domiciliaria concedida, ni con el estándar de comportamiento que el tribunal tuvo en miras al imponer las reglas de conducta oportunamente establecidas”.

Por lo tanto, “la realización de tal actividad, de no haber contado con el permiso correspondiente, podría importar la comisión de una contravención”.

Información de Newsweek Argentina